#CuscoDatos. Este viernes 4 de septiembre, el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Poder Judicial del Cusco llevará a cabo la audiencia de excepción de improcedencia de acción en la investigación penal contra cinco defensores de derechos humanos y activistas LGBTIQ+. El recurso busca determinar si los hechos imputados por la Fiscalía de Trata de Personas constituyen delito; sin embargo, organizaciones sociales y la defensa advierten que esta investigación penal contra los activistas constituye un grave acto de criminalización y represalia por su participación en la Marcha del Orgullo 2025 y por haber denunciado previamente actos de discriminación en su contra.
Los activistas enfrentan cargos por el presunto delito de ofensas al pudor, agravadas, figura que contempla penas de cuatro a seis años de prisión e inhabilitación. La causa penal se originó tras su participación en la Marcha del Orgullo realizada en la ciudad imperial durante el año 2025.
Según detalló la abogada de la defensa, Lucía Santos, la Fiscalía formalizó la investigación basándose en elementos como la vestimenta artística drag, muestras de afecto y poses de baile. El Ministerio Público sostiene como agravante que las expresiones artísticas se realizaron en la vía pública, ante la eventual presencia de menores de edad. La defensa señala enfáticamente que ninguna de estas conductas configura un delito.
UN CASO CON ORIGEN EN UNA DENUNCIA POR DISCRIMINACIÓN
El trasfondo del proceso evidencia un complejo giro procesal. Al día siguiente de la marcha de julio del 2025, un programa de televisión local difundió imágenes del evento acompañadas de comentarios estigmatizantes hacia los manifestantes y artistas drag. Ante ello, el propio Ministerio Público abrió de oficio una investigación por discriminación e incitación a la discriminación contra la conductora del espacio periodístico.
En dicha causa, los cinco activistas hoy procesados fueron reconocidos formalmente por el Estado en calidad de víctimas y agraviados. Sin embargo, meses después, la periodista investigada interpuso una denuncia penal contra los manifestantes utilizando como sustento el propio material audiovisual emitido en su programa. Como consecuencia, las víctimas de discriminación pasaron a ser investigadas penalmente a solicitud de la persona imputada por discriminarlas.
ALERTA POR CRIMINALIZACIÓN
Organizaciones de derechos humanos solicitan atención internacional urgente ante el caso, advirtiendo que el proceso penal contra los activistas constituye un acto de criminalización y represalia fundado en cuatro aspectos clave:
-Represalia procesal: La denuncia penal surgió como respuesta directa a la investigación por discriminación iniciada previamente contra la comunicadora.
-Uso desproporcionado de la vía penal: Se criminaliza la expresión artística pacífica ignorando un peritaje antropológico forense de la propia Fiscalía que ratifica el valor cultural e identitario del arte drag y descarta contenido lascivo.
-Agravantes arbitrarios: Se aplica una figura agravada por la supuesta presencia de menores de edad sin identificar a ningún niño o niña afectado.
-Cumplimiento de garantías: La movilización fue pacífica, comunicada con anticipación y contó con las garantías de la Prefectura y el resguardo de la Policía Nacional.
UN PRECEDENTE PARA LAS LIBERTADES COLECTIVAS
La defensa y colectivos de la diversidad alertan sobre el efecto intimidatorio que este proceso ejerce sobre el derecho a la libre expresión y manifestación pacífica en el Perú, sosteniendo que el caso trasciende a los cinco procesados individuales.
DATO CLAVE. El plazo de la investigación preparatoria vence el próximo 25 de septiembre de 2026. Tras esta fecha, el Ministerio Público deberá decidir si presenta una acusación formal ante el Poder Judicial o si dispone el sobreseimiento (archivo) de la causa.