Regional | 08/10/2026 20:25:35

JEE-CUSCO RECHAZA APELACIÓN DE PROGRESEMOS Y FORTALECE LA VENTAJA DE VERÓNIKA MENDOZA EN PRIMERA VUELTA

Lilián Luna

El órgano electoral detectó la falta del pago de la tasa correspondiente y la inhabilitación de la abogada defensora. La agrupación tiene un día hábil para subsanar las observaciones.

   

 
 
#CuscoDatos. El Jurado Electoral Especial de Cusco (JEE-Cusco) declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N.º 02916-2026-JEE-CSCO/JNE, mediante la cual se excluye la fórmula regional de la organización política Progresemos —encabezada por el candidato a gobernador regional Edy Cuéllar y la candidata a vicegobernadora Kelly Calderón— y se dispone que los votos emitidos a su favor sean declarados nulos, una medida que beneficia directamente a la candidata Verónika Mendoza al incrementar su porcentaje de votos válidos en el conteo final. La inadmisibilidad del recurso responde al incumplimiento de requisitos formales claves fijados en la normativa electoral vigente, como la falta de acreditación del pago de la tasa electoral y la ausencia de validación de la firma de una abogada habilitada. PROGRESEMOS PIDE QUE SE ADMITA CANDIDATURA DE VICEGOBERNADORA La controversia se originó tras la emisión de la Resolución N.º 02916-2026-JEE-CSCO/JNE el pasado 4 de octubre de 2026, mediante la cual el órgano electoral dejó sin efecto la inscripción de la fórmula regional de Progresemos, integrada por sus candidatos a gobernador y vicegobernadora. Ante ello, el personero legal titular de la agrupación, Carlos Alberto Príncipe Gonzales, interpuso un recurso de apelación el 7 de octubre solicitando que se revoque dicho extremo y se permita la admisión de la candidatura de Kelly Susan Calderón Ayala como vicegobernadora regional. INCUMPLIO CON PRESENTAR REQUISITOS PARA LA APELACIÓN Al evaluar el expediente, el JEE-Cusco detectó que la agrupación omitió adjuntar el comprobante que acredite el pago completo del arancel electoral correspondiente. Asimismo, constató que la abogada defensora, Silvia Jaimes, figuraba como inhábil en los registros del Colegio de Abogados del Callao, pues la papeleta presentada solo garantizaba su ejercicio profesional hasta septiembre de 2026. UN DÍA PARA SUBSANAR OBSERVACIONES El pleno del órgano jurisdiccional dispuso otorgar a la agrupación política un plazo perentorio de un día hábil para subsanar ambas observaciones. El JEE-Cusco declaró la inadmisible la apelación en fecha 8 de octubre. De no regularizar el pago de la tasa y la habilitación de la profesional legal en el plazo fijado, la apelación será declarada improcedente, concluyendo así el trámite de la impugnación.