#CuscoDatos. La postulación de Celso Palomino Quispe a la alcaldía del distrito de San Sebastián quedó en la cuerda floja tras la emisión de la Resolución N° 01466-2026-JEE-CSCO/JNE. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Cusco dispuso de oficio el inicio de un procedimiento sancionador de exclusión contra el exburgomaestre y actual candidato del "Partido País para Todos", debido a la presunta omisión de dos sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos en su Declaración Jurada de Hoja de Vida.
El proceso comenzó a ventilarse formalmente el pasado 8 de julio de 2026, fecha en la que la fiscalizadora de Hoja de Vida adscrita al órgano electoral, remitió el Informe Nro. 000004-2026-YHP-JEECUSCO-ERM2026/JNE. En dicho documento técnico se expuso la discrepancia existente entre lo consignado bajo juramento por el candidato y los registros oficiales del Poder Judicial.
INFORMACIÓN OFICIAL
Al revisar los documentos de inscripción presentados por la agrupación política, se verificó que en el Rubro V del Formato Único de Declaración Jurada —destinado a transparentar la relación de sentencias condenatorias impuestas por delitos dolosos— Celso Palomino Quispe marcó expresamente la opción "NO TENGO", asegurando no contar con antecedentes penales que reportar ante el electorado.
Sin embargo, mediante el Oficio Nro. 004040-2026-DNFPE/JNE remitido por la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, las autoridades electorales locales accedieron al historial penal completo del candidato provisto por la Sub Gerencia de Registros Judiciales del Poder Judicial. El reporte arrojó que Palomino Quispe arrastra dos sentencias condenatorias firmes por el delito de peculado (Artículo 387 del Código Penal), dictadas por las Salas Penales de la Corte Superior de Justicia de Cusco en los años 2003 y 2005:
-Expediente 396-00 (20/10/2003): Condenado por la Segunda Sala Penal de Cusco a 4 años de pena privativa de la libertad condicional y al pago de una reparación civil de S/. 5,000.00.
-Expediente 35-00 (15/09/2005): Condenado por la Primera Sala Penal de Cusco a 2 años de pena privativa de la libertad condicional y al pago de una reparación civil de S/. 1,000.00.
IMPLICANCIAS LEGALES Y PLAZOS PERENTORIOS
La resolución emitida por el pleno del JEE de Cusco, presidido por la magistrada Meza Monge, recalca que de acuerdo con el artículo 18 del Reglamento de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, la absoluta responsabilidad sobre la veracidad y transparencia de los datos recae de forma directa sobre el candidato. La omisión identificada transgrede el numeral 23.5 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N° 28094), cuya consecuencia directa estipula la exclusión automática de la contienda electoral.
El organismo electoral ha corrido traslado inmediato de los actuados tanto a Celso Palomino Quispe como al personero legal de la organización política, Jack Cesar Jonathan Mescco Callañaupa. Siguiendo la estricta celeridad del cronograma electoral de cara a los comicios del 4 de octubre de 2026, se les ha otorgado el plazo perentorio de un (1) día calendario para formular sus descargos formales tras ser notificados. El destino político de quien ya gobernó los destinos de San Sebastián queda suspendido a la espera del pronunciamiento definitivo en primera instancia.